viernes, 30 de mayo de 2008

ECUADOR DECRETA EL USO DE SOFTWARE LIBRE EN LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

El 10 de abril de 2008, el Presidente de la República de Ecuador, Rafael Correa Delgado, mediante el Decreto No. 1014 establece como política pública para las entidades de la administración pública central la utilización de software libre en sus sistemas y equipamientos informáticos.
Entre los "Considerandos" del Decreto se alude a la Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico, aprobada por la IX Conferencia Iberoamericana de Ministros de Administración Pública y Reforma del Estado en junio de 2007, y adoptada por la XVII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, reunida en Santiago de Chile en noviembre de 2007.
Se destaca, además, que es interés del Gobierno de Ecuador alcanzar soberanía y autonomía tecnológica, así como un significativo ahorro de recursos públicos, y que el software libre es en muchas instancias un instrumento para alcanzar estos objetivos.
El Decreto precisa que se entiende por software libre a los programas de computación que se pueden utilizar y distribuir sin restricción alguna, que permiten su acceso a los códigos fuentes, y que sus aplicaciones pueden ser mejoradas. Estos programas de computación tienen las siguientes libertades:
Utilización del programa con cualquier propósito de uso común.
Distribución de copias sin restricción alguna.
Estudio y modificación del programa (Requisito: código fuente disponible).
Publicación del programa mejorado (Requisito: código fuente disponible).
La Subsecretaría de Informática, responsable por elaborar y ejecutar planes, programas, proyectos, estrategias, políticas y reglamentos para el uso de software libre en el gobierno central, es el órgano regulador que deberá realizar el control y seguimiento de este Decreto.